miércoles, 1 de febrero de 2012

COMO ANILLO AL DEDO


Retomando temas candentes y que calientan y mucho,  “a los de a pie”, si estos que configuramos el paquete de sumisos  que nos tragamos a la fuerza esas inentendibles sentencias que algunos sufren por desgracia doblemente, como si no tuviesen ya suficiente con el primer varapalo, para que tener que recibir después esa humillación que nuestras interpretativas leyes permiten que algunos, se amparen en resquicios “legales”, frutos estos de unos incompetentes que amasaron leyes como si fuesen barras de pan, y que hacen que se vuelvan a poner en circulación personajes, que en otros lares, donde la cordura reina tras la dama de la balanza, pasan el resto de sus días sin necesidad de protectores solares.

 Pero  aquí no, señores, aquí no, eso aquí no pasa, este país  donde dichos como ser mas papista que el papa se hacen realidad, pues copiamos modelos democráticos de otros y no contentos con plasmar lo que funcionaba, no, no… “lo superamos”, lo adornamos con lacitos y lo pregonamos a los cuatro vientos, nos vendemos como innovadores  demócratas vanguardistas. Así nos va…..

 Por eso la sentencia que a continuación les pongo y que circula por esta red donde muchos nos desahogamos, resume con  mordaz humor hechos como los que aquí nos referimos, y aunque no es mía tan audaz  e irónica obra, con permiso del anónimo autor que la transcribió, aquí la publico.
Sentencia a Caperucita
Ha salido la sentencia del caso de Caperucita y el Lobo

La versión de la justicia española en relación a Caperucita y el Lobo es la siguiente:

Visto y considerando los acontecimientos por todos conocidos:

1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.

  2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.

3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calmara su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos.

4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y hay evidencias claras que primero conversa con ella.

5) Que es Caperucita quien voluntariamente le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.

  6) Que la anciana no es imputable ya que confunde a su nieta con el Lobo..

  7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.

  8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que se tipificaría como

Abandono de persona anciana por parte de la joven Caperucita.

9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta final.

  10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más puede hacer para alertarla, y se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra solución.

11) Que es altamente posible que antes Caperucita hiciera el amor con el Lobo e incluso lo disfrutara.

  12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:

«¿Adónde vas?» Responde: «A bañarme desnuda en el río..», cobra cada día más fuerza..

  13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos brutales y depredadores, en la pobre fiera.

  14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta de la susodicha Caperucita

15) Que merece un párrafo aparte la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija conociendo los peligrosos del bosque

Por todo lo antes dicho, se absuelve al Señor Lobo y se dispone además:


  1.- Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela que se presente en el hospital que se designe, para su observación gerontológica.

2.- A la madre, apercibirla para que cumpla correctamente con sus deberes de madre..

3.- A Caperucita,     * Trabajo comunitario en el zoológico local para conocer plenamente la naturaleza y el instinto animal.

                            * Indemnizará al Sr. Lobo a razón de 100 EUR diarios y ha de prepararle todas las tardes la merienda durante un año.

* A pagar las costas del proceso.

Aclarar asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del señor Lobo.

 Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.

4 comentarios:

  1. Con lo de copiar modelos democráticos de otros, supongo que te refieres al jurado popular. En este punto estoy totalmente de acuerdo contigo: me parece una estupidez.
    Por otro lado creo que aquí tenemos el defecto de considerar justas las sentencias cuando coinciden con nuestra opinión, e injustas cuando no.

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  2. Efectivamente amigo Fbm, distes en el clavo.

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    1. Me ha encantado este y el del banco lo has reflejado ideal.
      Una loba

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  3. Gracias loba totanera, espero siguas opinando.

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